- Luz
- Bono Social
- Gas
- Facturación Electrónica
- Preguntas Frecuentes
- Gestiones Online
- Autoproductores
- ¿Cómo pagar mis facturas?
Saltar navegación. Ir directamente al contenido principal
Comienza el contenido principal
Recuerda que no empezarás a ver la compensación en tus facturas hasta que recibamos la comunicación de tu distribuidora. Una vez que Baser la responda, tu distribuidora tiene que aceptar y activar la compensación de excedentes.
El precio de compensación de la energía excedentaria es:
- Si el Cliente está acogido al PVPC: el precio medio horario, Pmh; obtenido a partir de los resultados del mercado diario e intradiario en la hora h, menos el coste de los desvíos CDSVh, definidos en los artículos 10 y 11 respectivamente del Real Decreto 216/2014, por el que se establece la metodología de cálculo del PVPC y su régimen jurídico de contratación (art. 14.3 ii Real Decreto 244/2019).
- Si el Cliente está siendo suministrado por la comercializadora de referencia pero no tiene derecho al PVPC: 0 € (art. 13.6 Real Decreto 244/2019).
Compensación de excedentesde instalación solar a la dirección: gestion_autoconsumo@basercor.es
Fin del contenido principal