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 Las publicaciones de los Reales Decretos-ley 6/2022, 18/2022 y 8/2023, así como las posteriores prórrogas del denominado escudo social, han introducido distintas novedades en la regulación del bono social eléctrico. A continuación, te resumimos las principales:

1. Sustitución del concepto de “unidad familiar” por “unidad de convivencia”

Se considera unidad de convivencia la formada por todas las personas que residen en un mismo domicilio y que estén unidas entre sí por alguno de los siguientes vínculos:

  • Matrimonio o pareja de hecho, en los términos previstos en la normativa de la Seguridad Social.
  • Parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o adopción.
  • Otras personas que convivan en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.

En ningún caso una misma persona podrá formar parte de dos o más unidades de convivencia.

2. Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital

Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV) pueden acceder al bono social eléctrico.
El bono se concede previa solicitud, aportando la documentación necesaria que acredite dicha condición.

3. Descuentos aplicables según el grado de vulnerabilidad

Los descuentos en la factura eléctrica varían en función del tipo de consumidor y del periodo de aplicación:

Consumidores vulnerables

  • 50 % de descuento desde el 01/01/2025 hasta el 30/06/2025
  • 42,5 % de descuento desde el 01/07/2025 hasta el 31/12/2026

Consumidores vulnerables severos

  • 65 % de descuento desde el 01/01/2025 hasta el 30/06/2025
  • 57,5 % de descuento desde el 01/07/2025 hasta el 31/12/2026

A partir del 1 de enero de 2027, los descuentos se mantendrán de forma indefinida en:

4. Renovación automática del Bono Social

Las personas beneficiarias del bono social no deben solicitar su renovación de forma expresa.
La comercializadora de referencia comprobará de manera automática, con dos meses de antelación, si se siguen cumpliendo los requisitos necesarios para mantener el bono.

En el caso de las familias numerosas, el bono social se mantendrá vigente mientras lo esté el título de familia numerosa. Una vez finalizada su vigencia, será necesario presentar una nueva solicitud, aportando de nuevo la documentación requerida.

5. Aumento de los umbrales de renta

Se han incrementado los umbrales de ingresos máximos para poder acceder al bono social.
Para su cálculo se tiene en cuenta la unidad de convivencia, considerando:

  • Un incremento del umbral por cada menor de edad (0,5 puntos) que forme parte de la unidad de convivencia.
  • Un incremento adicional por cada persona mayor de 18 años, (0,3 puntos) cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona.

Además, el umbral de renta se incrementa de forma adicional en los siguientes supuestos:

  • Víctimas de violencia de género o del terrorismo.
  • Personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
  • Personas en situación de dependencia.
  • Familias monoparentales.

6. Límites de consumo aplicables al bono social

Se aplican los límites de consumo ordinarios establecidos en la normativa del bono social, que varían en función del número de personas que integran la unidad de convivencia.

Estos límites incorporan una ampliación extraordinaria del 15% aprobada en 2022 que se mantiene vigente en la actualidad.

El consumo de electricidad que supere dichos límites no se beneficia del descuento del bono social y se factura al precio correspondiente del PVPC.

7. Bono social térmico

La cuantía mínima del bono social térmico se ha incrementado, pasando de 25 € a 40 €, en función de la zona climática y de la situación del beneficiario.

8. Prohibición de cortes de suministro

Se mantiene la prohibición de suspensión del suministro de electricidad y gas a los consumidores con bono social que tengan la condición de vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión social, hasta el 31 de diciembre de 2026.

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