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Medidas del Gobierno

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El Gobierno ha fijado un paquete de medidas para contener el coste de la factura de energía. 

1. El IVA en la factura de gas vuelve al 21% a partir de abril

El IVA de la factura de gas se modificó en varias ocasiones, pero esta medida ha finalizado el 31 de marzo de 2024.

El IVA de la factura de gas, dependerá de la fecha de emisión de las facturas:

  • Del 1 de enero de 2022 al 21 de diciembre de 2023 el IVA se redujo al 5%.
  • Del 1 de enero de 2024 al 31 de marzo de 2024 el IVA se redujo al 10%.

Estas reducciones afectan a suministros de gas de la península y de las Islas Baleares. No aplica a suministros de las Islas Canarias, Ceuta y Melilla ya que tienen un impuesto diferente al IVA.

2. El IVA en la factura de electricidad vuelve al 21% a partir de marzo

En el RD de 2021 donde el Gobierno redujo el IVA de la electricidad como medida para frenar la subida de los precios de la energía se indicaba que:

"Afecta solo a algunos componentes de la factura de la luz siempre que el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior de la facturación haya superado los 45€/MWh, excepto a clientes con bono social vulnerables severos, que se les aplica el IVA reducido."

La caída del precio de la luz en el mercado mayorista hace que el IVA de la electricidad sea nuevamente del 21% para las facturas con consumos de marzo de cualquier comercializadora. Según la normativa del gobierno, el IVA aplicado cada mes dependerá del precio medio del mes anterior. 

* La reducción del IVA del 21% al 10%, aplica a las facturas con consumos entre el 1 de enero de 2024 y el 29 de febrero de 2024, si se factura consumo de algún día de marzo de 2024, TODO el consumo se facturará con el 21% de IVA.

* La reducción del IVA del 21% al 5%, aplica a las facturas emitidas entre el 1 de julio de 2022 y el 31 de diciembre de 2023.

* La reducción del IVA del 21% al 10%, aplica a las facturas emitidas entre el 26 de junio de 2021 y el 30 de junio de 2022. 

Esta reducción aplica a los siguientes conceptos de la factura:

  • Energías (activa, reactiva, capacidad) potencia, alquiler e impuesto eléctrico.
  • Conceptos asociados a la energía o potencia

3. Prórroga de la reducción del impuesto Especial sobre la Electricidad.

Este concepto se incluye en la factura en el apartado "TASAS E IMPUESTOS", la reducción será del 5,1% al 2,5% en las facturas emitidas desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de marzo de 2024. Y del 5,1% al 3,8% en las facturas emitidas desde el 1 de abril de 2024 hasta el 30 de junio de 2024.

* La reducción del impuesto Especial sobre la Electricidad de un 5,1% a un 0,5%, aplica a las facturas emitidas entre el 16 de septiembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2023.

4. Prórroga del descuento adicional en la parte regulada del precio del consumo

Se produce una reducción de los precios de los cargos de electricidad en el consumo y en la potencia hasta el 31 de diciembre 2024 con respecto a los cargos que se había fijado el 1 de Enero de 2022 y se traslada directamente al precio final con el que se facturará al cliente.

5. Prorroga en el límite a la subida del precio del gas

Se prorroga hasta el 30 de junio de 2024 el incremento máximo del coste de la materia prima establecido en un 15% en el Real Decreto 17/21.

Este incremento máximo puede contemplar además de la propia variación del coste de la energía, la recuperación de cantidades pendientes de trimestres anteriores derivadas de aplicar este incremento máximo de acuerdo con el Real Decreto 17/21.

6. Bono Social: aumento de los descuentos, límites de consumo y renta

Para los Consumidores Vulnerables el descuento original del 25% se aumentó hasta un 60% desde el 27/10/2021 hasta el 19/10/2022, y posteriormente hasta un 65% hasta el 30/06/2024. Para los Vulnerables Severos el descuento original del 40% se amentó hasta un 70% desde el 27/10/2021 hasta el 19/10/2021, y posteriorlmente hasta un 80% hasta el 30/06/2024.

Además de esto, se amplian los límites de consumo en un 15% desde el 19/10/2022 hasta el 30/06/2024, teniendo en cuenta los miembros de las unidades de conviviencia.

Se crea una nueva categoría temporal de consumidor vulnerable, ampliando así el colectivo de potenciales perceptores de bono social eléctrico. Para acceder a él, se aumenta el nivel de renta máximo en 0,5 x IPREM sobre el valor de renta máximo del actual consumidor vulnerable. Esta nueva categoría se le aplicará descuento del 40%, y será aplicable entre el 20/10/2022 y el 30/06/2024. Estos consumidores no podrán beneficiarse del bono social térmico.

7. Suministro mínimo vital

Mediante el Suministro Mínimo Vital, el Gobierno establece una potencia mínima necesaria para tener confort en el hogar (3,5KW) que podrá aplicarse a aquellos consumidores acogidos al PVPC que hayan acreditado los requisitos para ser consumidor vulnerable, y al que podrán optar por un periodo de seis meses extra (hasta ahora era de 4 meses) cuando no puedan hacerse cargo de sus facturas de electricidad. Con el nuevo BOE el Gobierno protege así, durante 10 meses, a los consumidores más vulnerables.

Próximamente, el organismo regulador del mercado eléctrico, la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) informará de los pasos proceso de solicitud, que realizará tu comercializadora de mercado regulado, BASER si tienes el PVPC contratado nosotros, en tu nombre a la distribuidora de tu zona.

Este beneficio estará vinculado con la solicitud de Bono Social, y los clientes no tendrán que hacer nada para acogerse a él sino que será la comercializadora quien gestione la solicitud.

8. TUR Gas de Ahorro vecinal para comunidades

Desde el 20 de octubre de 2022 y hasta el 30 de junio de 2024 se permite contratar de manera temporal la tarifa TUR de gas para comunidades, también conocida como TUR de Ahorro vecinal. Según RD Ley se pueden acoger a esta tarifa las comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial o agrupaciones de comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial, así como las empresas de servicios energéticos que les presten servicio. Más información

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