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El Gobierno ha fijado un paquete de medidas para contener el coste de la factura de energía.
Esta reducción del IVA aplica a las facturas emitidas entre el 1 de octubre de 2022 y el 31 de diciembre de 2023.
Afecta a suministros de gas de la península y de las Islas Baleares. No aplica a suministros de las Islas Canarias, Ceuta y Melilla ya que tienen un impuesto diferente al IVA.
Esta norma entro en vigor el 15 de junio de 2022 y tiene impacto sobre el precio de la electricidad. En los primeros 15 días de aplicación el Gobierno estima que el precio de la luz en tarifa PVPC sea de media un 14% más barato de lo que hubiese sido sin esta medida.
La reducción del IVA se aplicará a suministros con potencia menor o igual a 10 kW, siempre y cuando el precio medio mensual del mercado mayorista sea superior a 45€/MWh.
Esta reducción se aplicará a las facturas emitidas entre el 1 de julio de 2022 y el 31 de diciembre de 2023, y los conceptos de la factura a los que aplica son:
* La reducción del IVA del 21% al 10%, aplica a las facturas emitidas entre el 26 de junio de 2021 y el 30 de junio de 2022.
Este concepto se aplicará en las facturas emitidas desde el 16 de septiembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023 y se incluye en la factura en el apartado "TASAS E IMPUESTOS".
Se produce una reducción de los precios de los cargos de electricidad en el consumo y en la potencia hasta el 31 de diciembre 2023 con respecto a los cargos que se había fijado el 1 de Enero de 2022 y se traslada directamente al precio final con el que se facturará al cliente.
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2023 el incremento máximo del coste de la materia prima establecido en un 15% en el Real Decreto 17/21.
Este incremento máximo puede contemplar además de la propia variación del coste de la energía, la recuperación de cantidades pendientes de trimestres anteriores derivadas de aplicar este incremento máximo de acuerdo con el Real Decreto 17/21.
Para los Consumidores Vulnerables el descuento original del 25% se aumentó hasta un 60% desde el 27/10/2021 hasta el 19/10/2022, y posteriormente hasta un 65% hasta el 31/12/2023. Para los Vulnerables Severos el descuento original del 40% se amentó hasta un 70% desde el 27/10/2021 hasta el 19/10/2021, y posteriorlmente hasta un 80% hasta el 31/12/2023.
Además de esto, se amplian los límites de consumo en un 15% desde el 19/10/2022 hasta el 31/12/2023, teniendo en cuenta los miembros de las unidades de conviviencia.
Se crea una nueva categoría temporal de consumidor vulnerable, ampliando así el colectivo de potenciales perceptores de bono social eléctrico. Para acceder a él, se aumenta el nivel de renta máximo en 0,5 x IPREM sobre el valor de renta máximo del actual consumidor vulnerable. Esta nueva categoría se le aplicará descuento del 40%, y será aplicable entre el 20/10/2022 y el 31/12/2023. . Estos consumidores no podrán beneficiarse del bono social térmico.
Mediante el Suministro Mínimo Vital, el Gobierno establece una potencia mínima necesaria para tener confort en el hogar (3,5KW) que podrá aplicarse a aquellos consumidores acogidos al PVPC que hayan acreditado los requisitos para ser consumidor vulnerable, y al que podrán optar por un periodo de seis meses extra (hasta ahora era de 4 meses) cuando no puedan hacerse cargo de sus facturas de electricidad. Con el nuevo BOE el Gobierno protege así, durante 10 meses, a los consumidores más vulnerables.
Próximamente, el organismo regulador del mercado eléctrico, la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) informará de los pasos proceso de solicitud, que realizará tu comercializadora de mercado regulado, BASER si tienes el PVPC contratado nosotros, en tu nombre a la distribuidora de tu zona.
Este beneficio estará vinculado con la solicitud de Bono Social, y los clientes no tendrán que hacer nada para acogerse a él sino que será la comercializadora quien gestione la solicitud.
Desde el 20 de octubre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2023 se permite contratar de manera temporal la tarifa TUR de gas para comunidades, también conocida como TUR de Ahorro vecinal. Según RD Ley se pueden acoger a esta tarifa las comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial o agrupaciones de comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial, así como las empresas de servicios energéticos que les presten servicio. Más información
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