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Bono Social Electricidad

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El Bono Social de Electricidad es un descuento en la factura de la luz. Está regulado por el Gobierno (RD 897/2017 del 6 de octubre) y pretende proteger a los hogares considerados vulnerables. El Ministerio para la Transición Ecológica ha creado una Web para consultar más información sobre el Bono Social.

Este bono social puede ser solicitado por uno de estos tres motivos: nivel de renta de la unidad familiar (según IPREM), familia numerosa o pensionista. Dentro de cada grupo, los límites de la renta y los descuentos a aplicar varían en función del número de miembros en el hogar y del tipo de vulnerabilidad del cliente.

Conoce si cumples los requisitos

Te indicamos los niveles de renta según tu unidad familiar

CALCULAR

Deben cumplirse todos los requisitos generales que a continuación se listan:

  • El titular del contrato de la luz debe ser una persona física.
  • El suministro para el que se solicita debe ser la vivienda habitual.
  • El titular debe tener contratada la tarifa PVPC en el mercado regulado.
  • La potencia contratada en la vivienda ha de ser igual o inferior a 10 kW.

TIPOS DE BENFICIARIOS

Consumidor Vulnerable (65% de descuento hasta 30/09/2024)

Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Que la renta anual de la unidad de convivencia a la que pertenezca sea ≤ a 1,5 x IPREM de 14 pagas.
    • El límite de renta se incrementará en 0,3 x IPREM por cada miembro adicional mayor de edad.
    • El límite de renta se incrementará en 0,5 x IPREM por cada miembro adicional menor de edad.
  • Estar en posesión del título de familia numerosa.
  • El titular o todos los miembros de la unidad de convivencia si existen, que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente, siempre que:
    • Perciban la cuantían mínima vigente en cada momento para estas clases de pensión.
    • No perciban otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.

Los descuentos irán dismunuyendo de forma progresiva a partir del 30 de septiembre de 2024:

  • El descuento será del 57%, del 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024
  • El descuento será del 50%, del 1 de enero de 2025 hasta el 31 de marzo de 2025
  • El descuento será del 42,5%, del 1 de abril de 2025 hasta el 30 de junio de 2025
  • A partir del 1 de julio el descuento será del 35%

Consumidor Vulnerable Severo (80% de descuento hasta 30/09/2024)

Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las "circunstancias especiales".
  • Si es una familia numerosa, la unidad de convivencia debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas.
  • Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad de convivencia a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas.

Los descuentos irán disminuyendo de forma progresiva a partir del 30 de septiembre de 2024:

  • El descuento será del 72,5%, del 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024
  • El descuento será del 65%, del 1 de enero de 2025 hasta el 31 de marzo de 2025
  • El descuento será del 57,5%, del 1 de abril de 2025 hasta el 30 de junio de 2025
  • A partir del 1 de julio el descuento será del 50%

Consumidor Vulnerable en Riesgo de exclusión social

Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES

Además, se establecen unas circunstancias especiales que incrementan 1 x IPREM para Cliente Vulnerable y 0,5 x IPREM para Cliente Vulenrable Severo los límites de renta, siempre que se acrediten con la documentación necesaria:

  • Al menos un miembro de la unidad de convivencia tenga una discapacidad ≥ 33%.
  • Víctima de violencia de género.
  • Víctima de terrorismo.
  • Dependencia reconocida de grado II o III.
  • Familias monoparentales (unidad familiar formada por un único progenitor y, al menos, un menor, que se acreditará con el libro de familia y el certificado de empadronamiento).

IPREM: Es un índice que sustituye al Salario Mínimo Interprofesional, y se emplea como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo. El IPREM de referencia para el 2023 es el anual de 14 pagas de 8.400€. Ese importe se actualiza anualmente.

Unidad de convivencia: A efectos de la aplicación del bono social, se entiende por unidad de convivencia la constituida por todas las personas que residan en un mismo domicilio y que estén unidas entre sí por vínculo matrimonial o como pareja de hecho, o por vínculo hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad, adopción, y otras personas con las que conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente. 

*** La consulta relativa a la renta de la unidad de conviviencia se realiza a través de BOSCO, la aplicación del Ministerio que informe si al cliente le corresponde  el bono social o no.

¿Qué documentación tengo que presentar?

  • Modelo de solicitud del Bono Social firmado.
  • Fotocopia del DNI o NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años.
  • Fotocopia del Libro de familia, declaración responsable u hoja individual del Registro Civil (fe de vida) relativa al estado civil de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Fotocopia del Certificado de empadronamiento donde aparezcan todos los miembros de la unidad de convivencia. Debe de tener una antigüedad menor a 3 meses.
  • Sólo si se cumple alguna circunstancial especial, certificado de los Servicios Sociales del órgano competente que lo acredite.

Dependiendo del motivo de solicitud de bono social, se aportará la siguiente documentación adicional:

  • Familia numerosa: fotocopia del título de familia numerosa
  • Ingreso mínimo vital: documento que acredite el derecho a la prestación del Ingreso Mínimo Vital de algún miembro de la unidad de convivencia.

Si aún no tienes la luz con Baser, envíanos este documento con tus datos junto con la documentación del bono social. Realizaremos el cambio de comercializadora de manera ágil a la vez que tramitamos tu solicitud de bono social. 

 

¿Cómo puedo presentar la documentación?

 Una vez tengas toda la documentación, te damos dos opciones para enviarnos la solicitud:

  • A través del Área de Cliente si ya eres cliente de Baser
  • Por correo electrónico a bonosocial@basercor.es
  • Presencialmente en una oficina comercial. Consulta los horarios o pide cita previa.
  • Por correo postala la dirección "BASER comercializadora de Último Recurso, S.A.U. Apartado Postal 190. 33080 Oviedo - Asturias"
  • Por Fax: 984 115 538

 

 

Plazo de respuesta

Te daremos contestación a tu solicitud en un plazo aproximado de 15 días hábiles. Nos pondremos en contacto contigo por correo electrónico o correo postal si no dispones de email.

Te mantendremos informados y te confirmaremos si tu solicitud ha sido aceptada y comienzas a disfrutar de los descuentos de bono social o no cumples los requisitos.

En el caso de falta de documentación, te avisaremos que es lo que nos tienes que mandar, y nos lo puedes hacer llegar por el Área de Cliente o por correo electrónico bonosocial@basercor.es

Y en todo momento, consulta el estado de tu solicitud aquí.

¿Cuánto dura el bono social?

La duración del bono social es de 2 años, salvo que pierdas alguna de las condiciones. Para el caso de familias numerosas, la vigencia se mantiene hasta la caducidad del título.

Si durante esos dos años pierdes alguna de las condiciones, deberás comunicárnoslo en un plazo de un mes desde que se produzca dicho cambio. La baja de bono social se hará a la fecha en que se materialice la pérdida de dicha condición.

En la factura anteior al vencimiento del bono social te informaremos de la fecha de finalización del mismo. Esta fecha también la puedes consultar en tu Área de Cliente, en el apartado Bono Social.

El bono social se aplica sobre el titular del contrato para una determinada dirección. Por tanto, si cambias de domicilio, deberás solicitar de nuevo el bono social.

¿Cómo se renueva mi bono social?

Actualmente el bono social se renueva de manera automática si disfrutas del descuento por niveles de renta o pensionista. No tienes que hacer nada, ni aportar documentación. Te confirmaremos por correo electrónico o postal si sigues cumpliendo los requisitos para ser beneficiario.

Si el bono social por familia numerosa no se renueva cada 2 años, sino que tiene la misma vigencia que el título de familia numerosa. Si tu título ha caducado, tendrás que volver a solicitar el bono social de nuevo con toda la documentación necesaria.

¿Qué suministros son esenciales con bono social?

Según la normativa vigente, son esenciales los suministros cuyo titular sea beneficiario del bono social y además haya acreditado en su solicitud que en su unidad familiar hay al menos una persona:

  • Menor de 16 años
  • En situacion de dependiencia reconocida de grado II o III
  • Con discapacidad reconocida igual o superior al 33%

Según la normativa vigente, estos suminstros esenciales con bono social no se les puede realizar cortes de suministro.

¿Cómo acreditar que su suministro es esencial?

Si tu suminstro cumple alguno de los requisitos anteriores, dirígete a los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes para que ellos expidan un Certificado u otro documento que lo acredite.

Elige el canal que prefieras para presentar la documentación:

  • A través del Área de Cliente si ya eres cliente de Baser
  • Por correo electrónico a bonosocial@basercor.es
  • Presencialmente en una oficina comercial. Consulta los horarios o pide cita previa.
  • Por correo postala la dirección "BASER comercializadora de Último Recurso, S.A.U. Apartado Postal 190. 33080 Oviedo - Asturias"

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