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Bono Social Electricidad

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El Bono social de electricidad es un descuento en la factura de la luz. Está regulado por el Gobierno (RD 897/2017 del 6 de octubre) y pretende proteger a los hogares considerados vulnerables. El Ministerio para la Transición Ecológica ha creado una Web para consultar más información sobre el Bono Social.

Este bono social puede ser solicitado por uno de estos tres motivos: nivel de renta de la unidad familiar (según IPREM), familia numerosa o pensionista.

Dentro de cada grupo, los límites de la renta y los descuentos a aplicar varían en función del número de miembros en el hogar y del tipo de vulnerabilidad del cliente.

Deben cumplirse todos los requisitos generales que a continuación se listan:

  • El titular del contrato de la luz debe ser una persona física.
  • El suministro para el que se solicita debe ser la vivienda habitual.
  • El titular debe tener contratada la tarifa PVPC en el mercado regulado.
  • La potencia contratada en la vivienda ha de ser igual o inferior a 10 kW.

Y además, se debe de cumplir con los siguientes requisitos personales, familiares y de renta, para considerarse uno de los siguientes consumidores:

Consumidor Vulnerable (25% de descuento, excepcionalmente y hasta 19/10/2022 60% de descuento, y del 65% hasta 30/06/2024 )

Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Que la renta anual de la unidad de convivencia a la que pertenezca sea ≤ a 1,5 x IPREM de 14 pagas.
    • El límite de renta se incrementará en 0,3 x IPREM por cada miembro adicional mayor de edad.
    • El límite de renta se incrementará en 0,5 x IPREM por cada miembro adicional menor de edad.
  • Estar en posesión del título de familia numerosa.
  • El titular o todos los miembros de la unidad de convivencia si existen, que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente, siempre que:
    • Perciban la cuantían mínima vigente en cada momento para estas clases de pensión.
    • No perciban otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.

Consumidor Vulnerable Severo (40% de descuento, excepcionalmente y hasta 19/10/2022 70% de descuento, y del 80% hasta 30/06/2024 )

Se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las "circunstancias especiales".
  • Si es una familia numerosa, la unidad de convivencia debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas.
  • Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad de convivencia a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas.

Consumidor Vulnerable en Riesgo de exclusión social

Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

Conoce si cumples los requisitos

Te indicamos los niveles de renta según tu unidad familiar

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IPREM: Es un índice que sustituye al Salario Mínimo Interprofesional, y se emplea como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo. El IPREM de referencia para el 2023 es el anual de 14 pagas de 8.400€. Ese importe se actualiza anualmente.

Unidad de convivencia: A efectos de la aplicación del bono social, se entiende por unidad de convivencia la constituida por todas las personas que residan en un mismo domicilio y que estén unidas entre sí por vínculo matrimonial o como pareja de hecho, o por vínculo hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad, adopción, y otras personas con las que conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente. 

Además, se establecen unas circunstancias especiales que incrementan 1 x IPREM para Cliente Vulnerable y 0,5 x IPREM para Cliente Vulenrable Severo los límites de renta, siempre que se acrediten con la documentación necesaria:

  • Al menos un miembro de la unidad de convivencia tenga una discapacidad ≥ 33%.
  • Víctima de violencia de género.
  • Víctima de terrorismo.
  • Dependencia reconocida de grado II o III.
  • Familias monoparentales (unidad familiar formada por un único progenitor y, al menos, un menor, que se acreditará con el libro de familia y el certificado de empadronamiento).

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Te indicamos los niveles de renta según tu unidad familiar

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¿Qué documentación tengo que presentar?

  • Modelo de solicitud del Bono Social firmado.
  • Fotocopia del DNI o NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años.
  • Fotocopia del Libro de familia, declaración responsable u hoja individual del Registro Civil (fe de vida) relativa al estado civil de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Fotocopia del Certificado de empadronamiento donde aparezcan todos los miembros de la unidad de convivencia. Debe de tener una antigüedad menor a 3 meses.
  • Sólo si se cumple alguna circunstancial especial, certificado de los Servicios Sociales del órgano competente que lo acredite.

Dependiendo del motivo de solicitud de bono social, se aportará la siguiente documentación adicional:

 

  • Familia numerosa: fotocopia del título de familia numerosa
  • Ingreso mínimo vital: documento que acredite el derecho a la prestación del Ingreso Mínimo Vital de algún miembro de la unidad de convivencia.

La consulta relativa a la renta de la unidad de convivencia se realiza a través de BOSCO, la aplicación del Ministerio que informa si al cliente le corresponde el bono social o no.

Una vez tengas toda la documentación, te damos dos opciones para enviarnos la solicitud:



Área de Cliente

Te guiamos en el proceso de solicitud para que no tengas ningún problema.

                          Acceder

 

  


Correo Electrónico

Envíanos la solicitud correctamente cumplimentada, así como la documentación a:

bonosocial@basercor.es

 

   

Te daremos contestación a tu solicitud en un plazo aproximado de 15 días hábiles, comunicándote el resultado de la misma. Si tienes derecho al Bono Social Covid, el descuento se aplicará en la primera factura tras la solicitud (si la factura ha sido emitida al menos en los 15 días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud)

Si tienes alguna duda puedes ver el vídeo que sigue a continuación o ponerte en contacto con nosotros en el 900 902 947.

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