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¿Qué son las Juntas Arbitrales?

El Sistema Arbitral de Consumo es el instrumento que las Administraciones Públicas ponen a disposición de los ciudadanos para resolver de modo eficaz los conflictos y reclamaciones que surgen en las relaciones de consumo.

La ley define el Sistema Arbitral de Consumo como el sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre los consumidores y usuarios y los empresarios o profesionales a través del cual, sin formalidades especiales y con carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, se resuelven las reclamaciones de los consumidores y usuarios, siempre que el conflicto no verse sobre intoxicación, lesión o muerte o existan indicios racionales de delito.

A través del sistema arbitral de consumo las partes voluntariamente encomiendan a un órgano arbitral, que actúa con imparcialidad, independencia y confidencialidad, la decisión sobre la controversia o conflicto surgido entre ellos.

Esta decisión, vinculante para ambas partes, tiene la misma eficacia que una Sentencia.

Características:
Las ventajas del Sistema Arbitral de Consumo para ambas partes son:

Extrajudicial: Se trata de una vía alternativa de resolución de conflictos, que se resuelven mediante una decisión arbitral (laudo), sin necesidad de acudir a la vía judicial.
Sencillo: El procedimiento arbitral no tiene trámites complejos.
Rápido: El árbitro / órgano arbitral designado dictará la resolución en el plazo establecido en el Real Decreto 713/2024 de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo
Voluntario: Las partes en conflicto (persona consumidora y empresa) son libres de someterse o no al sistema arbitral. En BASER Comercializadora de Referencia S.A. como empresa comercializadora estamos adheridos al Sistema Arbitral de Consumo
Gratuito: Ni la persona consumidora ni la empresa tienen que pagar nada por el servicio de arbitraje. Sólo cuando la persona consumidora o la empresa soliciten la práctica de un peritaje deberá pagarse su coste por quien lo pida, si así lo estima el Colegio Arbitral correspondiente.
Vinculante y ejecutivo: Las partes están obligadas a cumplir el laudo que se dicte. En este sentido, la decisión arbitral produce los mismos efectos de 'cosa juzgada' que una sentencia judicial.
En definitiva, el sistema Arbitral de Consumo permite a las dos partes resolver controversias sin gastos, con rapidez y sin necesidad de acudir a los Tribunales de Justicia.

Tipos de Arbitraje de Consumo
El Arbitraje de Consumo admite 2 tipos de arbitraje:

Arbitraje de equidad
En el arbitraje de equidad las decisiones se toman analizando los hechos y adoptando la solución que se considera más razonable según el leal saber y entender del órgano arbitral. 

Arbitraje de Derecho
En el arbitraje de Derecho, el órgano arbitral debe tomar sus decisiones en base a un razonamiento jurídico, es decir, teniendo en cuenta únicamente las disposiciones legales vigentes. 

BASER está adherida en derecho.

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