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  1.  Datos del titular
  2. Datos bancarios para la domiciliación
  3. Dirección en la que solicitas el alta de luz
  4. Código Universal
    del Punto de
    Suministro
  5. Certificado
    de instalación
    eléctrica
  6. Potencia a contratar

01. Nombre, apellidos, DNI, teléfono de contacto, email.

02. Los 24 dígitos. Incluido el IBAN.

04. Código Universal del Punto de Suministro (CUPS). Es un código único que comienza por ES al que le siguen 20 o 22 dígitos que pueden ser números o letras. Este código sirve para identificar tu suministro entre las distintas compañías. Identifica cada casa, local o negocio para recibir la electricidad.

05. El Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) o Boletín Eléctrico (recibe ambos nombres) es el documento oficial que emite un electricista autorizado y que certifica que la instalación cumple todos los requisitos para recibir el suministro. Este documento refleja las principales características de la instalación, como la potencia instalada y la máxima potencia admisible y una garantía de calidad de la instalación.

Necesitarás el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) si:

  • Nunca has tenido suministro eléctrico anteriormente.
  • Si ya has tenido suministro eléctrico anteriormente, solo es necesario si:
    • Es un negocio y cambias de actividad.
    • Si cambias la tensión (de monofásico a trifásico y viceversa).
    • Si solicitas una potencia superior a la que indica el certificado de instalación eléctrica.
    • Si tu actual CIE tiene más de 20 años y el suministro (vivienda o negocio) también.
    • En Asturias es válido el Certificado de Seguridad (CS) siempre que no sea modificada la tensión, actividad o potencia.

La potencia a contratar varía en función de la cantidad de aparatos eléctricos que utilizas, de cuantos utilizas al mismo tiempo, del tamaño de la vivienda y de cuantas personas habitan en la misma.

Si se trata de una primera contratación tu Certificado de Instalación Eléctrica te indicará la potencia recomendada,  y la máxima potencia que puedes contratar.

Si se trata de una vivienda que ya tuvo luz anteriormente utiliza la calculadora de potencia, te ayudará a saber que potencia aproximada necesitas.

Si deseas darte de alta en un nuevo suministro eléctrico o aumentar la potencia que tienes contratada en uno ya existente, ten en cuenta los gastos que conlleva:

Derechos de acometida

Es el importe que debes abonar a la empresa distribuidora a través de la comercializadora por las actuaciones necesarias para atender un nuevo suministro o ampliar uno ya existente. El precio está regulado por el Ministerio de Industria, pudiendo ser modificado por la normativa vigente. Estos derechos incluyen varios conceptos.

Derechos de extensión

Se pagan en la primera factura de consumo junto con los derechos de acceso y enganche, por las infraestructuras eléctricas necesarias entre la red de distribución y la instalación del cliente.

Importe: 17,374714 €/kW (sin impuestos)

Derechos de acceso

Se pagan por la incorporación a la red de un nuevo punto de suministro o ampliación de uno existente

Importe:  19,703137 €/kW (sin impuestos)

Derechos de Enganche y Verificación

Según la normativa vigente las empresas distribuidoras podrán cobrar los siguientes servicios.

Derechos de enganche

Se pagan por la operación de acoplar eléctricamente la instalación del cliente a la red de la empresa distribuidora. También por las actuaciones necesarias en los equipos de medida por decisión del cliente.

Importe: 9,044760 €/kW por actuación (sin impuestos)

Derechos de verificación

Se pagan por la revisión de la instalación del cliente, comprobación de que se ajusta a las condiciones técnicas y de seguridad reglamentarias. Estos derechos están exentos cuando se presenta un nuevo Certificado de  Instalación Eléctrica (CIE).

Importe: 8,011716 € por actuación (sin impuestos)

La potencia a contratar deberá ser similar a la suma de las potencias de los electrodomésticos que puedan estar funcionando a la vez, y nunca deberá ser inferior a la del electrodoméstico más potente.

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