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La duración del bono social es de 2 años, salvo que se pierda alguna de las condiciones que dan derecho a su recepción. Para el caso de las familias numerosas, la vigencia se mantiene hasta la caducidad del título.
Si durante esos dos años se pierde algunas de las condiciones, el consumidor está obligado a comunicarlo en un plazo de un mes desde que se produzca dicho cambio. La baja del bono social se hará a fecha en que se materialice la pérdida de dicha condición.
En la factura anterior al vencimiento del bono social se informa al cliente de la fecha de finalización del mismo. Esta fecha también la puedes consultar en tu Área de Cliente, en el apartado Bono Social.
El bono social se aplica sobre el titular del contrato para una determinada dirección. Por tanto, si cambias de domicilio, deberás solicitar de nuevo el bono social.
Tiene que pasar a ser considerado Consumidor Vulnerable Severo. Para ello se establecen unos niveles de renta determinados según sus condiciones personales:
Unidad familiar | Sin Circunstancias Especiales | Con Circunstancias Especiales |
---|---|---|
Sin menores | 0,75 veces (5.640 €) | 1 vez (7.520 €) |
Con un menor | 1 vez (7.520 €) | 1,25 veces (9.340 €) |
Con dos menores | 1,25 veces (9.340 €) | 1,5 veces (11.279 €) |
Familia numerosa | Sin límite de renta | 2 veces (15.039 €) |
Pensionista | Pensión Mínima + ingresos inferiores a 500€ | 1 vez (7.520 €) |
Se establecen unas circunstancias especiales que incrementan 1 x IPREM para Cliente Vulnerable y 0,5 x IPREM para Cliente Vulnerable Severo los límites de renta, siempre que se acrediten con la documentación necesaria:
- Al menos un miembro de la unidad de convivencia tenga una discapacidad ≥ 33%.
- Víctima de violencia de género.
- Víctima de terrorismo.
- Dependencia reconocida de grado II o III.
- Familias monoparentales (unidad familiar formada por un único progenitor y, al menos, un menor, que se acreditará con el libro de familia y el certificado de empadronamiento).
El bono social térmico es una ayuda creada por el Gobierno para compensar los gastos ocasionados a los consumidores más vulnerables por el uso de la calefacción, agua caliente o cocina.
En cada ejercicio serán beneficiarios de este bono social térmico los consumidores que, a 31 de diciembre del año anterior, lo fueran del bono social de electricidad.
Esta ayuda es compatible con otras ayudas o subvenciones, así como con el bono social de electricidad.
Siendo familia numerosa, se mantiene el bono social de la misma manera que ahora. Mientras conserve esa condición. Además, si el nivel de renta de su unidad familiar no supera 2 veces el IPREM puede aumentar el descuento hasta el 40%.
Se establecen unas circunstancias especiales que incrementan 1 x IPREM para Cliente Vulnerable y 0,5 x IPREM para Cliente Vulnerable Severo los límites de renta, siempre que se acrediten con la documentación necesaria:
- Al menos un miembro de la unidad de convivencia tenga una discapacidad ≥ 33%.
- Víctima de violencia de género.
- Víctima de terrorismo.
- Dependencia reconocida de grado II o III.
- Familias monoparentales (unidad familiar formada por un único progenitor y, al menos, un menor, que se acreditará con el libro de familia y el certificado de empadronamiento).
El detalle del descuento se ve en la siguiente página:
En la sección de información para el consumidor, se incluye el importe a financiar por los servicios sociales (sólo en el caso de VS en riesgo de exclusión social):
El bono social de electricidad es un descuento que se aplica sobre todos los términos que componen el PVPC (término de energía y término de potencia), con un límite de consumo anual con derecho a descuento. Se calcula prorrateando dicho límite entre el número de días que comprende cada periodo de facturación. La energía por encima de dicho límite se facturará al PVPC sin descuento.
Además del descuento, los beneficiarios del bono social cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de los consumidores (4 meses desde la primera notificación, frente al plazo medio de 2 meses).
Las viviendas beneficiarias del bono social son consideradas como suministros no cortables o esenciales (CRES) cuando al menos un miembro de la unidad familiar:
En la primera página de la factura aparece el descuento del bono social que se aplica.
Es una tarifa regulada por el Gobierno, en la que el precio de la luz varía cada hora en función de la evolución del precio de la electricidad en el mercado diario de la energía. Se pueden acoger a esta tarifa aquellos consumidores con potencias iguales o inferiores a 10 kW. Para solicitar el Bono social debes estar acogido a esta tarifa.
En la web de Baser puedes consultar el detalle de los descuentos a aplicar dependiendo del tipo de vulnerabilidad (vulnerable, vulnerable severo, en riesgo de exclusión social). También puedes consultar el límite anual de energía al que se aplica el descuento por bono social en el término de consumo.
La duración del bono social es de 2 años, salvo que se pierda alguna de las condiciones que dan derecho a su recepción. Para el caso de las familias numerosas, la vigencia se mantiene hasta la caducidad del título.
Si durante esos dos años se pierde algunas de las condiciones, el consumidor está obligado a comunicarlo en un plazo de un mes desde que se produzca dicho cambio. La baja del bono social se hará a fecha en que se materialice la pérdida de dicha condición.
En la factura anterior al vencimiento del bono social se informa al cliente de la fecha de finalización del mismo. Esta fecha también la puedes consultar en tu Área de Cliente, en el apartado Bono Social.
El bono social se aplica sobre el titular del contrato para una determinada dirección. Por tanto, si cambias de domicilio, deberás solicitar de nuevo el bono social.
El IPREM es el Indicador Público de Rentas Múltiples. Es un índice que sustituye al Salario Mínimo Interprofesional, y se emplea como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo.
Un "consumidor vulnerable" debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
1. Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar a la que pertenezca sea ≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas, si no hay ningún menor en la unidad familiar. El límite de renta se incrementará en 0,3 x IPREM por cada miembro adicional mayor de edad; y en 0,5 x IPREM por cada miembro adicional menor de edad.
2. Estar en posesión del título de familia numerosa.
3. El titular o todos los miembros de la unidad familiar si existen, que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente, siempre que: perciban la cuantían mínima vigente en cada momento para estas clases de pensión; no perciban otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
En la web de Baser, en el apartado Bono Social, puedes encontrar una calculadora donde puedes saber si tienes derecho al bono social.
El bono social térmico es una ayuda creada por el Gobierno para compensar los gastos ocasionados a los consumidores más vulnerables por el uso de la calefacción, agua caliente o cocina.
En cada ejercicio serán beneficiarios de este bono social térmico los consumidores que, a 31 de diciembre del año anterior, lo fueran del bono social de electricidad.
Esta ayuda es compatible con otras ayudas o subvenciones, así como con el bono social de electricidad.
Un "consumidor vulnerable" debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
1. Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad familiar a la que pertenezca sea ≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas, si no hay ningún menor en la unidad familiar. El límite de renta se incrementará en 0,3 x IPREM por cada miembro adicional mayor de edad; y en 0,5 x IPREM por cada miembro adicional menor de edad.
2. Estar en posesión del título de familia numerosa.
3. El titular o todos los miembros de la unidad familiar si existen, que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente, siempre que: perciban la cuantían mínima vigente en cada momento para estas clases de pensión; no perciban otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
En la web de Baser, en el apartado Bono Social, puedes encontrar una calculadora donde puedes saber si tienes derecho al bono social.
En la web de Baser puedes consultar el detalle de los descuentos a aplicar dependiendo del tipo de vulnerabilidad (vulnerable, vulnerable severo, en riesgo de exclusión social). También puedes consultar el límite anual de energía al que se aplica el descuento por bono social en el término de consumo.
Para ser considerado un "consumidor vulnerable severo", se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
1. Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las "circunstancias especiales" (eliminado texto posterior);
2. Si es una familia numerosa, la unidad familiar debe percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas;
3. Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad familiar perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad familiar a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas.
En la web de Baser, en el apartado Bono Social, puedes encontrar una calculadora donde puedes saber si tienes derecho al bono social.
Es una tarifa regulada por el Gobierno, en la que el precio de la luz varía cada hora en función de la evolución del precio de la electricidad en el mercado diario de la energía. Se pueden acoger a esta tarifa aquellos consumidores con potencias iguales o inferiores a 10 kW. Para solicitar el Bono social debes estar acogido a esta tarifa.
Existen varias formas de presentar la documentación del Bono Social, una vez tengas toda la documentación:
- A través del área de cliente si ya eres cliente de Baser
- Por correo electrónico a bonosocial@basercor.es
- Presencialmente en una oficina comercial. Consulta los horarios o pide cita previa.
- Por correo postal a la dirección: “BASER Comercializadora Último Recurso, S.A.U. Apartado Postal 190. 33080 Oviedo – Asturias”
La documentación a aportar para solicitar el Bono Social varía en función de la tipología que tenga de consumidor y sus circunstancias personales:
1. Modelo de solicitud del Bono Social firmado.
2. Fotocopia del DNI o NIE de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años.
3. Fotocopia del Libro de familia, declaración responsable u hoja individual del Registro Civil (fe de vida) relativa al estado civil de todos los miembros de la unidad de convivencia.
4. Fotocopia del Certificado de empadronamiento donde aparezcan todos los miembros de la unidad de convivencia. Debe de tener una antigüedad menor a 3 meses.
5. Sólo si se cumple alguna circunstancial especial, certificado de los Servicios Sociales del órgano competente que lo acredite.
Dependiendo del motivo de solicitud de bono social, se aportará la siguiente documentación adicional:
1. Familia numerosa: fotocopia del título de familia numerosa
2. Ingreso mínimo vital: documento que acredite el derecho a la prestación del Ingreso Mínimo Vital de algún miembro de la unidad de convivencia.
Si aún no tienes contrato de electricidad con Baser, solicítalo en la web de Baser en los apartados de Luz o Gas, según corresponda, además de solicitar a la vez el bono social.
Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
En la web de Baser, en el apartado Bono Social, puedes encontrar una calculadora donde puedes saber si tienes derecho al bono social.
La duración del bono social es de 2 años, salvo que se pierda alguna de las condiciones que dan derecho a su recepción. Para el caso de las familias numerosas, la vigencia se mantiene hasta la caducidad del título.
Si durante esos dos años se pierde algunas de las condiciones, el consumidor está obligado a comunicarlo en un plazo de un mes desde que se produzca dicho cambio. La baja del bono social se hará a fecha en que se materialice la pérdida de dicha condición.
En la factura anterior al vencimiento del bono social se informa al cliente de la fecha de finalización del mismo. Esta fecha también la puedes consultar en tu Área de Cliente, en el apartado Bono Social.
El bono social se aplica sobre el titular del contrato para una determinada dirección. Por tanto, si cambias de domicilio, deberás solicitar de nuevo el bono social.
El bono social térmico es una ayuda creada por el Gobierno para compensar los gastos ocasionados a los consumidores más vulnerables por el uso de la calefacción, agua caliente o cocina.
En cada ejercicio serán beneficiarios de este bono social térmico los consumidores que, a 31 de diciembre del año anterior, lo fueran del bono social de electricidad.
Esta ayuda es compatible con otras ayudas o subvenciones, así como con el bono social de electricidad.
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