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La cuantía de esta ayuda depende del grado de vulnerabilidad y de la zona climática en la que esté ubicada la vivienda.
Las ayudas se abonarán en un pago único anual, en la cuenta bancaria en la que está domiciliada la factura eléctrica.
No tienes que hacer nada, excepto si en la carta no consta número de cuenta bancaria, o la que consta no es correcta.
Si no tienes domiciliado el recibo eléctrico, en la carta que recibirás te solicitarán una cuenta bancaria. Debes facilitar la cuenta mediante escrito, en el documento anexo a la carta y dirigirlo a la Dirección General de Política Energética y Minas en, Paseo de la Castellana, 160, planta 6ª, 28071 Madrid.
Por escrito, en la carta debes indicar “Comunicación de datos bancarios a efectos del Bono Social Térmico, presentado por medio no telemático”. Incluye también nombre y apellidos, DNI con letra, número de cuenta bancaria (incluido el IBAN) en la que debe hacerse el ingreso de la ayuda del Bono social térmico y la firma. Dirige la carta a la Dirección General de Política Energética y Minas en, Paseo de la Castellana, 160, planta 6ª, 28071 Madrid.
Dispones de información detallada en la web del Ministerio llamando al 913146673, de 9 a 14 h, de lunes a viernes o enviando un correo electrónico a ciudadano@idae.es
La cuantía de esta ayuda depende del grado de vulnerabilidad y de la zona climática en la que esté ubicada la vivienda.
Las ayudas se abonarán en un pago único anual, en la cuenta bancaria en la que está domiciliada la factura eléctrica.
En cada ejercicio serán beneficiarios de este bono social térmico los consumidores que, a 31 de diciembre del año anterior, lo fueran del bono social de electricidad.
Es una tarifa regulada por el Gobierno, en la que el precio de la luz varía cada hora en función de la evolución del precio de la electricidad en el mercado diario de la energía. Se pueden acoger a esta tarifa aquellos consumidores con potencias iguales o inferiores a 10 kW. Para solicitar el Bono social debes estar acogido a esta tarifa.
El bono social térmico es una ayuda creada por el Gobierno para compensar los gastos ocasionados a los consumidores más vulnerables por el uso de la calefacción, agua caliente o cocina.
Esta ayuda es compatible con otras ayudas o subvenciones, así como con el bono social de electricidad.
La duración del bono social es de 2 años, salvo que se pierda alguna de las condiciones que dan derecho a su recepción. Para el caso de las familias numerosas, la vigencia se mantiene hasta la caducidad del título.
Si durante esos dos años se pierde algunas de las condiciones, el consumidor está obligado a comunicarlo en un plazo de un mes desde que se produzca dicho cambio. La baja del bono social se hará a fecha en que se materialice la pérdida de dicha condición, y no según fecha de la última lectura.
En la factura anterior al vencimiento del bono social se informa al cliente de la fecha de finalización del mismo.
Con la entrada en vigor del RD 6/2022, el consumidor no necesita renovar el bono social, sino que será su comercializadora de referencia la que comprobará si cumple con los requisitos que otorgan a la persona titular del punto de suministro a la percepción del bono social.
Si no renueva, el contrato pasará a PVPC sin descuento, pudiendo solicitarlo en cualquier otro momento.
El IPREM es el Indicador Público de Rentas Múltiples. Es un índice que sustituye al Salario Mínimo Interprofesional, y se emplea como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo.
Un "consumidor vulnerable" debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
En la web de Baser puedes consultar el detalle de los descuentos a aplicar dependiendo del tipo de vulnerabilidad (vulnerable, vulnerable severo, en riesgo de exclusión social). También puedes consultar el límite anual de energía al que se aplica el descuento por bono social en el término de consumo.
Para ser considerado un "consumidor vulnerable severo", se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
Un "consumidor vulnerable" debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
En la web de Baser puedes consultar el detalle de los descuentos a aplicar dependiendo del tipo de vulnerabilidad (vulnerable, vulnerable severo, en riesgo de exclusión social). También puedes consultar el límite anual de energía al que se aplica el descuento por bono social en el término de consumo.
Para ser considerado un "consumidor vulnerable severo", se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
Es una tarifa regulada por el Gobierno, en la que el precio de la luz varía cada hora en función de la evolución del precio de la electricidad en el mercado diario de la energía. Se pueden acoger a esta tarifa aquellos consumidores con potencias iguales o inferiores a 10 kW. Para solicitar el Bono social debes estar acogido a esta tarifa.
Existen varias formas de presentar la documentación del Bono Social: por correo postal (Apartado Postal 190 - 33080 - Oviedo (Asturias)), por correo electrónico bonosocial@basercor.es; en cualquiera de nuestras oficinas comerciales; por FAX: 984 115 538; o en el teléfono de información: 900 902 947.
La documentación a aportar para solicitar el Bono Social varía en función de la tipología que tenga de consumidor y sus circunstancias personales. Consulta en la web de Baser la tabla resumen sobre los tipos de vulnerabilidades.enga de consumidor y sus circunstancias personales.
Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
La duración del bono social es de 2 años, salvo que se pierda alguna de las condiciones que dan derecho a su recepción. Para el caso de las familias numerosas, la vigencia se mantiene hasta la caducidad del título.
Si durante esos dos años se pierde algunas de las condiciones, el consumidor está obligado a comunicarlo en un plazo de un mes desde que se produzca dicho cambio. La baja del bono social se hará a fecha en que se materialice la pérdida de dicha condición, y no según fecha de la última lectura.
En la factura anterior al vencimiento del bono social se informa al cliente de la fecha de finalización del mismo.
Con la entrada en vigor del RD 6/2022, el consumidor no necesita renovar el bono social, sino que será su comercializadora de referencia la que comprobará si cumple con los requisitos que otorgan a la persona titular del punto de suministro a la percepción del bono social.
Si no renueva, el contrato pasará a PVPC sin descuento, pudiendo solicitarlo en cualquier otro momento.
El bono social térmico es una ayuda creada por el Gobierno para compensar los gastos ocasionados a los consumidores más vulnerables por el uso de la calefacción, agua caliente o cocina.
Esta ayuda es compatible con otras ayudas o subvenciones, así como con el bono social de electricidad.
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