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El bono social de electricidad es un descuento que se aplica sobre todos los términos que componen el PVPC (término de energía y término de potencia), con un límite de consumo anual con derecho a descuento. Se calcula prorrateando dicho límite entre el número de días que comprende cada periodo de facturación. La energía por encima de dicho límite se facturará al PVPC sin descuento.
Además del descuento, los beneficiarios del bono social cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de los consumidores (4 meses desde la primera notificación, frente al plazo medio de 2 meses).
Las viviendas beneficiarias del bono social son consideradas como suministros no cortables o esenciales (CRES) cuando al menos un miembro de la unidad familiar:
En la primera página de la factura aparece el descuento del bono social que se aplica.
Consulta el límite anual de energía al que se aplica el descuento por bono social en el término de consumo aquí.
La duración del bono social es de 2 años, salvo que se pierda alguna de las condiciones que dan derecho a su recepción. Para el caso de las familias numerosas, la vigencia se mantiene hasta la caducidad del título.
Si durante esos dos años se pierde algunas de las condiciones, el consumidor está obligado a comunicarlo en un plazo de un mes desde que se produzca dicho cambio. La baja del bono social se hará a fecha en que se materialice la pérdida de dicha condición, y no según fecha de la última lectura.
En la factura anterior al vencimiento del bono social se informa al cliente de la fecha de finalización del mismo.
Con la entrada en vigor del RD 6/2022, el consumidor no necesita renovar el bono social, sino que será su comercializadora de referencia la que comprobará si cumple con los requisitos que otorgan a la persona titular del punto de suministro a la percepción del bono social.
Si no renueva, el contrato pasará a PVPC sin descuento, pudiendo solicitarlo en cualquier otro momento.
Que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33%, acredite la situación de violencia de género, sea víctima de terrorismo, algún miembro de la unidad familiar tenga dependencia de grado II ó III, o se trate de una familia monoparental.
De la misma manera que ahora. Mientras conserve esa condición. Además, si el nivel de renta de su unidad familiar no supera 2 veces el IPREM puede aumentar el descuento hasta el 40%.
El detalle del descuento se ve en la siguiente página:
En la sección de información para el consumidor, se incluye el importe a financiar por los servicios sociales (sólo en el caso de VS en riesgo de exclusión social):
La duración del bono social es de 2 años, salvo que se pierda alguna de las condiciones que dan derecho a su recepción. Para el caso de las familias numerosas, la vigencia se mantiene hasta la caducidad del título.
Si durante esos dos años se pierde algunas de las condiciones, el consumidor está obligado a comunicarlo en un plazo de un mes desde que se produzca dicho cambio. La baja del bono social se hará a fecha en que se materialice la pérdida de dicha condición, y no según fecha de la última lectura.
En la factura anterior al vencimiento del bono social se informa al cliente de la fecha de finalización del mismo.
Con la entrada en vigor del RD 6/2022, el consumidor no necesita renovar el bono social, sino que será su comercializadora de referencia la que comprobará si cumple con los requisitos que otorgan a la persona titular del punto de suministro a la percepción del bono social.
Si no renueva, el contrato pasará a PVPC sin descuento, pudiendo solicitarlo en cualquier otro momento.
El bono social de electricidad es un descuento que se aplica sobre todos los términos que componen el PVPC (término de energía y término de potencia), con un límite de consumo anual con derecho a descuento. Se calcula prorrateando dicho límite entre el número de días que comprende cada periodo de facturación. La energía por encima de dicho límite se facturará al PVPC sin descuento.
Además del descuento, los beneficiarios del bono social cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de los consumidores (4 meses desde la primera notificación, frente al plazo medio de 2 meses).
Las viviendas beneficiarias del bono social son consideradas como suministros no cortables o esenciales (CRES) cuando al menos un miembro de la unidad familiar:
En la primera página de la factura aparece el descuento del bono social que se aplica.
Es una tarifa regulada por el Gobierno, en la que el precio de la luz varía cada hora en función de la evolución del precio de la electricidad en el mercado diario de la energía. Se pueden acoger a esta tarifa aquellos consumidores con potencias iguales o inferiores a 10 kW. Para solicitar el Bono social debes estar acogido a esta tarifa.
En la web de Baser puedes consultar el detalle de los descuentos a aplicar dependiendo del tipo de vulnerabilidad (vulnerable, vulnerable severo, en riesgo de exclusión social). También puedes consultar el límite anual de energía al que se aplica el descuento por bono social en el término de consumo.
El IPREM es el Indicador Público de Rentas Múltiples. Es un índice que sustituye al Salario Mínimo Interprofesional, y se emplea como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo.
Un "consumidor vulnerable" debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
El bono social térmico es una ayuda creada por el Gobierno para compensar los gastos ocasionados a los consumidores más vulnerables por el uso de la calefacción, agua caliente o cocina.
Esta ayuda es compatible con otras ayudas o subvenciones, así como con el bono social de electricidad.
Un "consumidor vulnerable" debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
En la web de Baser puedes consultar el detalle de los descuentos a aplicar dependiendo del tipo de vulnerabilidad (vulnerable, vulnerable severo, en riesgo de exclusión social). También puedes consultar el límite anual de energía al que se aplica el descuento por bono social en el término de consumo.
Es una tarifa regulada por el Gobierno, en la que el precio de la luz varía cada hora en función de la evolución del precio de la electricidad en el mercado diario de la energía. Se pueden acoger a esta tarifa aquellos consumidores con potencias iguales o inferiores a 10 kW. Para solicitar el Bono social debes estar acogido a esta tarifa.
Para ser considerado un "consumidor vulnerable severo", se debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
Existen varias formas de presentar la documentación del Bono Social: por correo postal (Apartado Postal 190 - 33080 - Oviedo (Asturias)), por correo electrónico bonosocial@basercor.es; en cualquiera de nuestras oficinas comerciales; por FAX: 984 115 538; o en el teléfono de información: 900 902 947.
La documentación a aportar para solicitar el Bono Social varía en función de la tipología que tenga de consumidor y sus circunstancias personales. Consulta en la web de Baser la tabla resumen con la documentación requerida en cada uno de los casos.
Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
La duración del bono social es de 2 años, salvo que se pierda alguna de las condiciones que dan derecho a su recepción. Para el caso de las familias numerosas, la vigencia se mantiene hasta la caducidad del título.
Si durante esos dos años se pierde algunas de las condiciones, el consumidor está obligado a comunicarlo en un plazo de un mes desde que se produzca dicho cambio. La baja del bono social se hará a fecha en que se materialice la pérdida de dicha condición, y no según fecha de la última lectura.
En la factura anterior al vencimiento del bono social se informa al cliente de la fecha de finalización del mismo.
Con la entrada en vigor del RD 6/2022, el consumidor no necesita renovar el bono social, sino que será su comercializadora de referencia la que comprobará si cumple con los requisitos que otorgan a la persona titular del punto de suministro a la percepción del bono social.
Si no renueva, el contrato pasará a PVPC sin descuento, pudiendo solicitarlo en cualquier otro momento.
El bono social térmico es una ayuda creada por el Gobierno para compensar los gastos ocasionados a los consumidores más vulnerables por el uso de la calefacción, agua caliente o cocina.
Esta ayuda es compatible con otras ayudas o subvenciones, así como con el bono social de electricidad.
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